📋 Descripción General: Salarios Impagos en California
California tiene las leyes de protección salarial más fuertes del país. Cuando su empleador no le paga los salarios que ha ganado, ya sea el pago regular, los salarios finales u otra compensación adeudada, usted cuenta con poderosos recursos legales bajo las Secciones 200-204 del Código Laboral que pueden resultar en la recuperación de mucho más que solo los salarios impagos en sí.
¿Qué constituyen "salarios" bajo la ley de California?
La Sección 200 del Código Laboral de California define "salarios" de manera amplia para incluir todos los montos por trabajo realizado por empleados de toda descripción, ya sea que el monto sea fijo o determinado por estándar de tiempo, tarea, pieza, comisión u otro método de cálculo. Esto incluye:
Compensación Regular
Salarios por hora, sueldo, tarifa diaria, tarifa por pieza o cualquier compensación acordada por trabajo realizado
Salarios Finales
Toda compensación adeudada al momento del despido, renuncia o reducción de personal, sujeta a estrictos requisitos de plazos
Pago de Vacaciones/PTO
Las vacaciones acumuladas pero no utilizadas son salarios bajo la ley de California y deben pagarse al momento de la separación
Bonificaciones No Discrecionales
Las bonificaciones prometidas por cumplir criterios u objetivos específicos son salarios una vez ganadas
Cuándo enviar una carta de demanda
Situaciones comunes de salarios impagos
- Cheque de pago faltante - El empleador no le pagó en su día de pago regular
- Pago final tardío - No recibió todos los salarios adeudados al momento del despido
- Cheque de pago incompleto - Le pagaron por menos horas de las que realmente trabajó
- Cheque sin fondos - El pago fue devuelto por fondos insuficientes
- Deducciones no autorizadas - El empleador retuvo montos no permitidos por la ley
- Vacaciones no pagadas - El PTO acumulado no se pagó al momento de la separación
- Último cheque retenido - El empleador se niega a entregar los salarios finales
Importante: Plazos para el pago final de salarios
California tiene plazos estrictos para los pagos finales de salarios:
- Despedido (terminado/reducción de personal): Todos los salarios deben pagarse INMEDIATAMENTE al momento del despido
- Renuncia con aviso de 72+ horas: Todos los salarios deben pagarse en su último día
- Renuncia sin aviso: Todos los salarios deben pagarse dentro de 72 horas
- Trabajadores de temporada: Dentro de 72 horas si el despido es previsible
¡Cada día que su empleador se retrasa genera multas por tiempo de espera bajo el Código Laboral 203!
Lo Que Puede Recuperar
Una reclamación exitosa por salarios impagos puede incluir:
- Salarios impagos - El monto total que se le adeuda
- Multas por tiempo de espera - Hasta 30 días de su salario diario (LC 203)
- Intereses - 10% anual sobre los montos adeudados (Código Civil 3289)
- Multas por declaración salarial - $50-$100 por violación, hasta $4,000 (LC 226)
- Daños liquidados - El doble del salario mínimo impago (LC 1194.2)
- Honorarios de abogado - Recuperables si usted prevalece (LC 1194)
⚖ Base Legal
Las leyes de pago de salarios de California se encuentran principalmente en las Secciones 200-204 y 1194-1197 del Código Laboral. Comprender estos estatutos fortalece su carta de demanda y ayuda a calcular sus daños completos.
Estatutos principales de pago de salarios
Código Laboral Sección 200 - Definición de Salarios
Define "salarios" de manera amplia como todos los montos por trabajo realizado por empleados de toda descripción, ya sean fijos o calculados por tiempo, tarea, pieza, comisión u otro método. Esta definición inclusiva protege todas las formas de compensación ganada.
Código Laboral Sección 201 - Salarios adeudados al momento del despido
Cuando un empleado es despedido (terminado, cesado o reducido), todos los salarios ganados e impagos al momento del despido son pagaderos de inmediato. Sin excepciones, sin demoras, sin excusas.
Código Laboral Sección 202 - Salarios adeudados al momento de la renuncia
Cuando un empleado renuncia: si da aviso con 72+ horas de anticipación, los salarios deben pagarse en el último día. Si el empleado renuncia sin aviso, los salarios deben pagarse dentro de 72 horas. El empleado puede solicitar el pago por correo si lo desea.
Código Laboral Sección 203 - Multas por tiempo de espera
Si un empleador intencionalmente no paga los salarios adeudados al momento del despido, los salarios del empleado continúan como multa desde la fecha de vencimiento a la misma tasa hasta que se paguen, por un máximo de 30 días. Esta multa frecuentemente supera el monto original impago.
Código Laboral Sección 204 - Períodos regulares de pago
Todos los salarios (excepto ciertos empleados exentos) deben pagarse al menos dos veces al mes en los días de pago regulares designados. Los salarios por horas extras deben pagarse a más tardar el siguiente día de pago regular posterior al período de pago en que se ganaron.
Código Laboral Sección 226 - Requisitos de declaración salarial
Los empleadores deben proporcionar declaraciones salariales precisas y detalladas que muestren: salarios brutos/netos, horas trabajadas, tasa(s) de pago, deducciones, fechas del período de pago e información del empleador. Las violaciones generan $50 por la primera violación / $100 por las subsiguientes, hasta $4,000 en total.
Estatutos de multas y recursos
Código Laboral Sección 1194 - Acción por salarios impagos
Los empleados pueden recuperar salario mínimo u horas extras impagadas más intereses y honorarios razonables de abogado y costos. Esta disposición de transferencia de honorarios hace que sea económico perseguir incluso reclamaciones salariales moderadas a través de litigio.
Código Laboral Sección 1194.2 - Daños liquidados
Para violaciones de salario mínimo, el empleado puede recuperar daños liquidados iguales a los salarios impagos más intereses, efectivamente duplicando el componente de salario mínimo de la reclamación.
Código Civil Sección 3289 - Tasa de interés
Los intereses previos al juicio sobre salarios impagos se acumulan al 10% anual desde la fecha en que cada pago de salario era debido hasta que se pague.
Jurisprudencia clave de California
Mamika v. Barca (1998) 68 Cal.App.4th 487
Estableció que las multas por tiempo de espera bajo LC 203 no son discrecionales una vez que se prueba la falta de pago intencional. El empleador no puede argumentar que la multa es desproporcionada con respecto al monto impago.
Drumm v. Morningstar (2017) 3 Cal.App.5th 312
Una falta de pago "intencional" no requiere mala intención. Un empleador actúa intencionalmente cuando deliberadamente no realiza o se niega a realizar un pago, incluso si el empleador cree de buena fe que no se adeudan salarios.
Suastez v. Plastic Dress-Up Co. (1982) 31 Cal.3d 774
La Corte Suprema de California determinó que el pago de vacaciones son salarios que se adquieren a medida que se realiza el trabajo. Los empleadores no pueden tener políticas de "úselo o piérdalo". Todas las vacaciones acumuladas deben pagarse al momento de la separación.
Prescripción
Los plazos varían según el tipo de reclamación:
- 3 años - Salarios impagos, horas extras, pago de vacaciones (CCP 338)
- 4 años - Reclamaciones basadas en contrato escrito (CCP 337)
- 1 año - Multas por declaración salarial (LC 226)
Las multas por tiempo de espera están vinculadas a la reclamación salarial subyacente. ¡Actúe con prontitud!
📂 Lista de Evidencias
La documentación sólida es fundamental para una demanda exitosa por salarios impagos. Reúna estos elementos antes de enviar su carta.
Documentación de empleo
Carta de oferta, contrato de trabajo, documentación de contratación que muestre su tasa de pago acordada y fecha de inicio
Recibos de pago
Todas las declaraciones salariales disponibles que muestren horas trabajadas, tasa de pago, deducciones y fechas de pago
Registros de tiempo
Hojas de tiempo, registros de entrada/salida, datos de aplicaciones de seguimiento de tiempo o registro personal de tiempo
Registros bancarios/de pago
Estados de cuenta bancarios, historial de depósito directo, cheques cobrados que muestren los pagos realmente recibidos
Comunicaciones
Correos electrónicos, mensajes de texto, cartas que discutan tasas de pago, problemas de pago o promesas de pago
Registros de terminación
Carta de despido, correo electrónico/carta de renuncia, confirmación del último día, documentación de salida
Documentos fiscales
Formularios W-2, 1099, resúmenes salariales de fin de año que puedan diferir de los pagos reales
Manual del empleado
Políticas de la empresa sobre períodos de pago, acumulación de vacaciones, procedimientos de pago final
Presunción probatoria de California
Bajo la Sección 1174 del Código Laboral, los empleadores deben mantener registros de tiempo precisos. Si su empleador no mantiene o no produce registros adecuados, los tribunales de California presumirán que el testimonio del empleado sobre las horas trabajadas es exacto. ¡Mantenga sus propios registros!
Creación de un registro personal de tiempo
Si su empleador no proporcionó registros de tiempo precisos, cree su propio registro con:
- Fechas trabajadas
- Horas de inicio y finalización cada día
- Tiempos de almuerzo/descansos tomados
- Tareas realizadas (descripción breve)
- Cualquier evidencia corroborante (correos electrónicos enviados a ciertas horas, registros de credencial de seguridad, etc.)
💰 Cálculo de sus daños
La ley de California le permite recuperar mucho más que solo los salarios impagos. Comprender todos los daños disponibles fortalece su demanda.
Componentes de su reclamación
| Categoría de daño | Cómo calcular | Base Legal |
|---|---|---|
| Salarios Impagos | Horas trabajadas x tasa por hora (o monto de salario impago) | LC 200-204 |
| Vacaciones impagadas | Horas acumuladas x tasa final de pago | LC 227.3 |
| multas por tiempo de espera | Tasa de salario diario x días de retraso (máx. 30 días) | LC 203 |
| Intereses | 10% anual desde la fecha en que cada pago era debido | CC 3289 |
| Multas por declaración salarial | $50 la primera + $100 por cada violación subsiguiente (máx. $4,000) | LC 226(e) |
| Daños liquidados | Igual a la porción de salario mínimo impago | LC 1194.2 |
Cálculo de la multa por tiempo de espera
Fórmula de la tasa diaria
Empleados por hora: Tasa por hora x horas regulares por día = Tasa diaria
Empleados asalariados: Salario anual / 52 semanas / 5 días = Tasa diaria
Luego: Tasa diaria x días de retraso (máximo 30) = Multa por tiempo de espera
Ejemplo de Cálculo de Daños
Ejemplo: Pago final con más de 30 días de retraso
Empleado que gana $30/hora, jornadas de 8 horas. Despedido y nunca le pagaron los salarios finales ni las vacaciones. Han pasado 45 días desde el despido.
*Más honorarios de abogado si se requiere litigio (LC 1194)
El poder de las multas por tiempo de espera
Para un empleado de $30/hora que trabaja jornadas de 8 horas, la multa máxima por tiempo de espera es:
$240/día x 30 días = $7,200
Esta multa por sí sola frecuentemente supera los salarios impagos originales, razón por la cual los empleadores generalmente llegan a un acuerdo rápidamente una vez que reciben una carta de demanda adecuada citando LC 203.
🖩 Calculadora de Multas por Tiempo de Espera
Use esta calculadora interactiva para estimar sus multas por tiempo de espera bajo la Sección 203 del Código Laboral de California. Haga clic en cualquier fila de resultados para una explicación detallada.
Calcule su multa
Ingrese su tasa de salario diario y fecha de separación para calcular su multa por tiempo de espera.
Cómo funciona esta calculadora
Bajo la Sección 203 del Código Laboral de California, si un empleador intencionalmente no paga los salarios adeudados al momento de la separación, los salarios del empleado continúan como multa a la misma tasa diaria por cada día de retraso, hasta un máximo de 30 días.
- Empleados despedidos: Los salarios son exigibles inmediatamente al momento del despido
- Renuncia con aviso de 72+ horas: Los salarios son exigibles en el último día de trabajo
- Renuncia sin aviso: Los salarios son exigibles dentro de 72 horas de la renuncia
📝 Texto modelo de demanda
Use estos párrafos como componentes para su carta de demanda por salarios impagos. Personalícelos con los hechos específicos de su caso.
Salarios impagos: $[MONTO]
Pago de vacaciones acumuladas: $[MONTO]
Multas por tiempo de espera (LC 203): $[MONTO]
Intereses al 10% anual: $[MONTO]
Multas por declaración salarial (LC 226): $[MONTO]
MONTO TOTAL ADEUDADO: $[TOTAL]
Si no recibo el pago completo antes del [FECHA LÍMITE], procederé con todos los recursos legales disponibles sin previo aviso adicional, incluyendo: (1) presentar una reclamación salarial ante el Comisionado Laboral de California (DLSE); (2) presentar una acción civil en el Tribunal Superior; y (3) buscar la recuperación del monto total adeudado más todas las multas, intereses y honorarios de abogado aplicables según lo establecido en las Secciones 203, 226 y 1194 del Código Laboral de California.
[Su dirección]
[Ciudad, CA Código Postal]
[Su correo electrónico]
[Su teléfono]
[FECHA]
VÍA CORREO CERTIFICADO CON ACUSE DE RECIBO
Y VÍA CORREO ELECTRÓNICO A: [correo del empleador]
[NOMBRE DEL EMPLEADOR/EMPRESA]
Attn: [Propietario/Director de RR.HH./Nómina]
[Dirección de la empresa]
[Ciudad, CA Código Postal]
Re: Demanda de salarios impagos - Secciones 200-204 del Código Laboral de California
Estimado(a) [NOMBRE DEL EMPLEADOR]:
Le escribo para exigir formalmente el pago de todos los salarios que se me adeudan por el trabajo realizado durante mi empleo con [NOMBRE DE LA EMPRESA].
ANTECEDENTES DE EMPLEO
Fui empleado(a) como [TÍTULO DEL PUESTO] desde [FECHA DE INICIO] hasta [FECHA DE TERMINACIÓN]. Mi tasa de compensación acordada era de $[TASA] por [hora/semana/etc.]. Mi empleo terminó el [ÚLTIMO DÍA] cuando [fui despedido(a)/renuncié].
SALARIOS ADEUDADOS
Usted no me ha pagado los siguientes montos:
1. Salarios impagos por [PERÍODO DE PAGO/PERÍODO FINAL]: $[MONTO]
2. Vacaciones acumuladas ([X] horas x $[TASA]): $[MONTO]
3. [Otros montos adeudados]: $[MONTO]
Subtotal de salarios impagos: $[MONTO]
BASE LEGAL Y MULTAS
Bajo la Sección [201/202] del Código Laboral de California, todos los salarios eran exigibles [inmediatamente al momento del despido / en mi último día / dentro de 72 horas de mi renuncia]. Bajo la Sección 203 del Código Laboral, su falta intencional de pagar oportunamente estos salarios lo sujeta a multas por tiempo de espera equivalentes a mi tasa de salario diario ($[TASA DIARIA]) por cada día que los salarios permanezcan impagos, hasta 30 días.
A la fecha de hoy, mis salarios tienen [X] días de retraso.
TOTAL DEMANDA
Salarios impagos: $[MONTO]
Vacaciones acumuladas: $[MONTO]
Multas por tiempo de espera: $[MONTO]
Intereses (10% anual): $[MONTO]
TOTAL: $[MONTO]
PLAZO Y CONSECUENCIAS
Exijo el pago del monto total dentro de catorce (14) días, antes del [FECHA LÍMITE]. Si no recibo el pago completo para esta fecha, procederé con todos los recursos legales, incluyendo presentar una reclamación ante el Comisionado Laboral de California, presentar una demanda en tribunal civil y buscar honorarios de abogado bajo la Sección 1194 del Código Laboral.
Por favor contácteme al [CORREO ELECTRÓNICO/TELÉFONO] para coordinar el pago.
Atentamente,
_________________________
[SU NOMBRE]
Anexos:
- Recibos de pago que muestran montos impagos
- Documentación de empleo
- Hoja de cálculo de daños
🚀 Próximos Pasos
Después de enviar su carta de demanda, esto es lo que puede esperar y cómo proceder si el empleador no paga.
Cronograma Esperado
Días 1-3
El empleador recibe la carta, la envía a RR.HH./nómina/departamento legal para revisión
Días 3-7
El empleador investiga, obtiene registros, consulta con un abogado si es necesario
Días 7-14
Respuesta con pago, oferta de acuerdo o disputa de montos
Día 14+
Si no hay resolución, proceder con reclamación ante el DLSE o litigio
Si Pagan
Asegúrese de que el pago incluya:
- Todos los salarios base impagos
- Pago de vacaciones/PTO acumulado
- Multas por tiempo de espera (si corresponde)
- Intereses sobre montos atrasados
Obtenga el pago mediante cheque certificado o depósito directo. Guarde registros de todo.
Si se niegan o no responden
Usted tiene tres opciones principales:
1. Reclamación salarial ante el DLSE
Proceso gratuito - Sin cuota de presentación, no se necesita abogado. El Comisionado Laboral investiga y puede celebrar una audiencia (audiencia Berman). Plazo típico: 6-12 meses. Presente en línea en dir.ca.gov/dlse.
2. Tribunal de Reclamaciones Menores
Rápido y económico - Cuota de presentación de $30-75. El límite es $12,500 para individuos. No se permiten abogados en el tribunal. Excelente para reclamaciones salariales sencillas por debajo del límite.
3. Demanda civil (Tribunal Superior)
Para reclamaciones mayores o casos complejos - Sin límite de monto. Se pueden recuperar honorarios de abogado bajo LC 1194. Muchos abogados laborales aceptan casos salariales en contingencia gracias a la transferencia de honorarios.
No espere demasiado
La prescripción para la mayoría de las reclamaciones salariales es de 3 años a partir de cuando los salarios eran exigibles. Para reclamaciones basadas en contratos escritos, tiene 4 años. Las multas por tiempo de espera están vinculadas a la reclamación salarial subyacente. Presente su caso con prontitud para preservar sus derechos.
Recursos de California
- Comisionado Laboral (DLSE): dir.ca.gov/dlse - Presente reclamaciones salariales en línea
- Línea directa del DLSE: 1-844-522-6734 - Información gratuita sobre sus derechos
- Autoayuda de Tribunales de California: courts.ca.gov/selfhelp
- Asistencia legal: lawhelpca.org - Ayuda legal gratuita para personas que califican
📥 Para empleadores: Cómo responder a demandas de salarios impagos
Si usted es un empleador que ha recibido una carta de demanda por salarios impagos, esto es lo que necesita saber para proteger su negocio y resolver el asunto de manera eficiente.
Tome esto en serio
La ley salarial de California favorece fuertemente a los empleados. Las multas por tiempo de espera bajo LC 203 pueden convertir rápidamente una disputa salarial de $2,000 en una responsabilidad de $10,000 o más. La transferencia de honorarios de abogado bajo LC 1194 significa que sus costos de defensa salen de su bolsillo mientras el abogado del empleado trabaja en contingencia. La resolución temprana es casi siempre más económica que el litigio.
Pasos inmediatos para empleadores
- Obtenga los registros de nómina - Reúna todos los registros de tiempo, recibos de pago e historial de pagos de este empleado
- Revise el expediente del empleado - Carta de oferta, contrato de trabajo, documentación de terminación
- Verifique los montos reclamados - Calcule lo que usted cree que se adeudaba vs. lo que se pagó
- Revise los plazos - ¿Cuándo terminó el empleo? ¿Cuándo se hizo el pago final? ¿Se retrasó?
- Evalúe su exposición - Si los salarios se pagaron tarde, las multas por tiempo de espera pueden ser inevitables
- Consulte con un abogado - Para reclamaciones de más de unos pocos miles de dólares, obtenga asesoría legal antes de responder
Errores comunes de los empleadores
Ignorar la demanda
El silencio aumenta las multas diariamente y hace que el litigio sea inevitable. Siempre responda.
Disputar reclamaciones válidas
Si los salarios claramente se adeudan, páguelos. Disputar obligaciones obvias lleva a multas completas más honorarios de abogado.
Retener por devolución de propiedad
No puede condicionar los salarios finales a la devolución de propiedad de la empresa. Pague primero, persiga la propiedad por separado.
Deducciones no autorizadas
Deducir por roturas, faltantes o uniformes del pago final sin autorización genera responsabilidad adicional.
Opciones de respuesta
Pagar en su totalidad
Si la demanda es exacta, pague inmediatamente para detener la acumulación de multas por tiempo de espera. Obtenga un finiquito firmado.
Negociar un acuerdo
Si las multas se han acumulado, usted podría llegar a un acuerdo por menos del monto total de la demanda a cambio de un finiquito de todas las reclamaciones.
Disputar con evidencia
Si usted cree que la reclamación es incorrecta, responda por escrito con hechos específicos y documentación que muestre por qué no se adeudan salarios.
Solicitar documentación
Si los cálculos del empleado no son claros, solicite documentación de respaldo mientras investiga sus propios registros.
Defensas válidas a considerar
- Los salarios fueron pagados - Proporcione prueba de pago (registros bancarios, cheques cobrados, confirmaciones de depósito directo)
- Disputa sobre horas del empleado - Sus registros de tiempo pueden diferir de las horas reclamadas
- Disputa de buena fe - Una creencia genuina y de buena fe de que no se adeudaban salarios puede reducir (pero rara vez eliminar) las multas
- Plazo de prescripción - Las reclamaciones de más de 3 años pueden estar prescritas
- Contratista independiente - Si está correctamente clasificado, LC 201-203 podría no aplicar (pero la clasificación errónea crea problemas mayores)
Las matemáticas del acuerdo
Considere este escenario: Un empleado reclama $3,000 en salarios impagos. Si es cierto y han pasado más de 30 días:
- Salarios impagos: $3,000
- Multas por tiempo de espera: $6,000+ (30 días a $200/día)
- Intereses: $75+
- Sus honorarios de abogado para litigar: $5,000-15,000
- Honorarios de abogado de ellos si usted pierde: $10,000-30,000
Exposición total: $24,000-54,000 vs. llegar a un acuerdo por $5,000-8,000. Las matemáticas generalmente favorecen el acuerdo.
👥 Cuándo contratar un abogado de salarios impagos
California tiene múltiples opciones para recuperar salarios impagos. Comprender cuándo tiene sentido la ayuda profesional puede maximizar su recuperación.
Maneje Usted Mismo Cuando:
✅ Reclamación simple ante el DLSE
Salarios impagos sencillos de menos de $25,000: el proceso del Comisionado Laboral es gratuito y no requiere abogado
✅ Documentación clara
Tiene recibos de pago, registros de tiempo y políticas escritas que muestran exactamente lo que se le adeuda
✅ El empleador reconoce la deuda
Su empleador admite que le debe dinero y está negociando el pago
Contrate un Abogado Cuando:
⚠ Reclamaciones grandes o complejas
Múltiples violaciones, problemas a nivel de clase o reclamaciones que superen $25,000 se benefician de representación profesional
⚠ Potencial de PAGA
Si las violaciones de su empleador afectaron a otros empleados, las reclamaciones PAGA pueden recuperar multas sustanciales
⚠ El empleador tiene abogado
Si el empleador contrata un abogado para responder a su reclamación, usted debería considerar obtener representación equivalente
⚠ Preocupaciones de represalia
Si aún está empleado(a) o teme represalias, un abogado puede proteger sus derechos y documentar las violaciones
Por qué los abogados salariales frecuentemente tienen sentido
- Transferencia de honorarios: Bajo el Código Laboral de California, los empleados que prevalecen recuperan los honorarios de abogado del empleador; la representación frecuentemente no le cuesta nada de su bolsillo
- Maximización de multas: Los abogados saben cómo calcular y probar las multas por tiempo de espera, intereses y daños estatutarios
- Experiencia en PAGA: Las reclamaciones bajo la Ley del Fiscal General Privado requieren procedimientos específicos pero pueden multiplicar su recuperación
- Poder de negociación: Los empleadores toman más en serio a los empleados representados y frecuentemente llegan a acuerdos más rápido
- Protección contra represalias: Los abogados pueden asesorar sobre cómo documentar y probar reclamaciones por represalia
¿No Está Seguro Si Necesita un Abogado?
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Tomar Evaluación Gratuita💰 La representación en contingencia es estándar
Muchos abogados de salarios y horas trabajan en contingencia. Gracias a la transferencia de honorarios, los abogados frecuentemente aceptan casos sólidos sin costo inicial para usted.
⚖ Servicios de Abogado
Asisto tanto a empleados que buscan recuperar salarios impagos como a empleadores que responden a demandas salariales. Así es como puedo ayudar.
Para empleados
- Revisar su situación y calcular sus daños completos incluyendo todas las multas
- Redactar una carta de demanda profesional citando la ley aplicable
- Asesorar sobre reclamaciones ante el DLSE vs. estrategia de litigio en tribunal
- Negociar un acuerdo en su nombre
- Representarle en audiencias del DLSE o litigio civil
Para empleadores
- Analizar la demanda y su exposición potencial
- Revisar sus registros de nómina e identificar defensas
- Redactar respuestas a demandas salariales
- Negociar acuerdos para minimizar la responsabilidad
- Representarle en procedimientos del DLSE o litigio
- Auditar sus prácticas de nómina para prevenir futuras reclamaciones
¿Necesita asistencia legal?
Obtenga una sesión estratégica de 30 minutos para evaluar su situación y discutir sus opciones.
Agendar Consulta - $240/hrTarifa de consulta
$240 por hora para consultas, evaluación de casos y trabajo legal por hora.
Carta de Demanda a Tarifa Fija
Tarifa fija de $575 para la redacción profesional de cartas de demanda con todas las citas legales aplicables de California.
Información de Contacto
Email: owner@terms.law
Reservar en línea: calendly.com/sergei-tokmakov/30-minute-zoom-meeting