Protecciones del California código civil § 789.3 Contra el Desalojo Ilegal
Un arrendador no puede desalojar a un inquilino ni forzarlo a desocupar mediante:
Para probar una violacion del código civil § 789.3, debe demostrar:
El código civil § 789.3(c) establece danos estatutarios sin necesidad de probar dano real:
Enmiendas recientes fortalecen las protecciones para inquilinos:
Los cierres ilegales tambien pueden violar el California Penal Code § 418, que tipifica como delito menor el uso de fuerza o amenazas para impedir que alguien ocupe pacificamente una propiedad sobre la que tiene derecho legal de posesion. Los arrendadores pueden enfrentar enjuiciamiento penal ademas de la responsabilidad civil.
Aunque no sea estrictamente un "cierre," la siguiente conducta puede constituir acoso ilegal bajo el código civil § 789.3 o leyes relacionadas:
| Escenario | Accion Ilegal del Arrendador |
|---|---|
| Inquilino atrasado en el alquiler | El arrendador cambia las cerraduras sin entregar un Aviso de 3 Dias ni presentar un desahucio (unlawful detainer) |
| Vencimiento del contrato | El arrendador asume que el inquilino debe irse inmediatamente y lo deja afuera sin aviso de 30/60 dias |
| Disputa sobre reparaciones | El arrendador corta los servicios como represalia por las solicitudes de reparacion del inquilino |
| El arrendador quiere vender la propiedad | El arrendador retira las pertenencias del inquilino para preparar la unidad para la venta |
| Ocupante no autorizado | El arrendador deja afuera a una persona que cree no autorizada, aunque tenga permiso del inquilino |
La evidencia es critica. Reuna:
| Componente | Que Incluir |
|---|---|
| Encabezado | Su nombre, direccion anterior (la unidad bloqueada), informacion de contacto actual; nombre/direccion del arrendador |
| Linea de Asunto | "Demanda de Restauracion Inmediata de Acceso – Cierre Ilegal Bajo código civil § 789.3" |
| Declaracion de Hechos | Fecha/hora del cierre, que hizo el arrendador (cambio cerraduras, corto la electricidad, etc.), sus intentos de recuperar el acceso |
| Base Legal | Cite el código civil § 789.3; explique que el desalojo extrajudicial es ilegal independientemente del estado del alquiler |
| Demanda Inmediata | Exija la restauracion del acceso dentro de 24 horas y la devolucion de todas las pertenencias |
| Calculo de Danos | Indique danos estatutarios ($100/dia, minimo $250), danos reales (hotel, articulos de reemplazo, salarios perdidos) |
| Plazo | Tipicamente 24-48 horas para la restauracion; 10-14 dias para la resolucion de danos |
| Consecuencias | Declare que presentara demanda judicial, buscara danos punitivos, reportara a la inspeccion de codigo y presentara reporte policial si no se restaura el acceso |
Si el arrendador no restaura el acceso dentro de 24-48 horas:
Calculo de Danos Estatutarios:
Ejemplo: El arrendador lo deja afuera el lunes. Usted envia la carta de demanda el martes. El arrendador restaura el acceso el viernes (4 dias en total). Tiene derecho a $400 en danos estatutarios (4 dias x $100), mas danos reales, mas honorarios de abogados.
Puede recuperar todos los costos incurridos como resultado del cierre ilegal:
Los tribunales de California reconocen que los cierres ilegales causan un dano emocional significativo:
Los danos por angustia emocional tipicamente oscilan entre $1,000 y $10,000 o mas, dependiendo de la gravedad y duracion.
Si la conducta del arrendador fue intencional, maliciosa, opresiva o fraudulenta, se le pueden otorgar danos punitivos disenados para castigar al arrendador y disuadir futuras conductas indebidas.
Cuando Aplican los Danos Punitivos:
Los danos punitivos pueden ser sustanciales, frecuentemente de 3 a 10 veces los danos reales, o mas en casos atroces.
El código civil § 789.3(c) establece que si usted prevalece en su demanda, el arrendador debe pagar sus honorarios de abogados y costos judiciales. Esto hace economicamente viable contratar un abogado incluso para reclamaciones de monto moderado.
Ademas de los danos, puede solicitar:
| Tipo de Dano | Monto |
|---|---|
| Danos estatutarios (cierre de 7 dias a $100/dia) | $700 |
| Gastos de hotel (7 noches a $120/noche) | $840 |
| Ropa y articulos de higiene de reemplazo | $250 |
| Comida echada a perder | $150 |
| Salarios perdidos (2 dias de trabajo perdidos) | $400 |
| Angustia emocional | $3,000 |
| Subtotal Danos Reales + Estatutarios | $5,340 |
| Danos punitivos (3x danos reales) | $10,000+ |
| Honorarios de Abogados | $5,000-$15,000 |
| Recuperacion Potencial Total | $20,000-$30,000+ |
Tribunal de Reclamaciones Menores (hasta $10,000):
Tribunal Civil Ilimitado (mas de $10,000):
Represento a inquilinos que han sido dejados afuera ilegalmente, a quienes les cortaron los servicios publicos o les incautaron sus pertenencias. Puedo ayudarle a recuperar el acceso, recuperar sus pertenencias y obtener los danos completos bajo código civil § 789.3.
Resultados tipicos en casos de cierre ilegal:
Reserve una llamada para discutir su situacion de cierre ilegal. Revisare su caso, le explicare sus derechos bajo código civil § 789.3 y le aconsejare sobre los pasos inmediatos para recuperar el acceso y obtener danos.
Genere una carta de demanda profesional, demanda ante tribunal de CA o demanda de arbitraje
Correo electronico: owner@terms.law
El desalojo extrajudicial —cuando un arrendador deja afuera a un inquilino, retira sus pertenencias o corta los servicios publicos sin una orden judicial— es ilegal en practicamente todos los estados. Si su arrendador lo dejo afuera ilegalmente, usted tiene remedios legales solidos que incluyen la reinstalacion inmediata, danos y, en muchos estados, multas estatutarias.
Llame a la policia inmediatamente —pueden ordenar al arrendador que lo deje entrar. Documente todo con fotos y video. Guarde recibos de hotel, comida y articulos de reemplazo. Envie una carta de demanda formal. Considere presentar una mocion de emergencia en el tribunal para la reinstalacion inmediata.